Cómo Ver El Borrador De La Declaración De La Renta

Calculadora de Borrador de Declaración de la Renta 2024

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Guía Completa 2024: Cómo Ver el Borrador de la Declaración de la Renta

La campaña de la renta es un período clave para todos los contribuyentes en España. El borrador de la declaración de la renta es un documento preliminar que la Agencia Tributaria pone a disposición de los ciudadanos, donde se recogen los datos fiscales disponibles y se calcula una propuesta de liquidación. En esta guía detallada, te explicamos paso a paso cómo acceder a tu borrador, verificarlo y presentarlo correctamente.

1. ¿Qué es el borrador de la declaración de la renta?

El borrador es un documento informativo que la AEAT genera automáticamente con los datos que tiene sobre tus ingresos, retenciones, deducciones y otras circunstancias personales. No es la declaración definitiva, pero sirve como punto de partida para:

  • Verificar que todos tus datos fiscales son correctos
  • Identificar posibles errores u omisiones
  • Estimar si te corresponde devolución o pago
  • Agilizar el proceso de presentación
Importante:

El borrador no incluye todos los datos. Debes revisar especialmente:

  • Ingresos por trabajos no declarados (ej: plataformas digitales)
  • Gastos deducibles que no consten (ej: donaciones, vivienda)
  • Cambios en tu situación familiar durante el año

2. ¿Quién puede acceder al borrador?

Pueden consultar el borrador todos los contribuyentes que:

  1. Estén obligados a presentar declaración (ingresos superiores a 22.000€ brutos anuales en general)
  2. Tengan derecho a devolución (aunque no estén obligados)
  3. Hayan recibido ingresos sujetos a retención o ingreso a cuenta
Situación Límite de ingresos (2023) Obligación de declarar
Trabajadores con un solo pagador 22.000 € brutos anuales No obligatorio si no supera este límite
Trabajadores con varios pagadores 14.000 € brutos anuales Obligatorio si supera este límite
Autónomos 1.000 € de rendimientos netos Obligatorio en casi todos los casos
Pensionistas 22.000 € brutos anuales No obligatorio si no supera este límite

3. Pasos para ver tu borrador de la renta

Método 1: Acceso online con certificado digital o Cl@ve

  1. Entra en la web de la AEAT: Accede a www.agenciatributaria.es
  2. Selecciona “Renta 2023”: En el apartado “Campañas”
  3. Elige “Acceder al borrador”: Usa tu certificado digital, Cl@ve PIN o referencia
  4. Verifica tus datos: Comprueba ingresos, retenciones y deducciones
  5. Modifica si es necesario: Añade datos faltantes o corrige errores
  6. Guarda o presenta: Puedes guardar el borrador para revisarlo después o presentarlo directamente

Método 2: A través de la APP de la AEAT

  1. Descarga la app “Agencia Tributaria” (disponible para iOS y Android)
  2. Inicia sesión con Cl@ve móvil o certificado digital
  3. Selecciona “Declaración de la Renta” en el menú
  4. Accede a tu borrador y revísalo
  5. Usa la opción “Validar” para comprobar posibles errores

Método 3: Por teléfono (solo consulta básica)

Puedes llamar al 901 200 345 o 91 553 00 71 (desde fuera de España) para que te informen sobre:

  • Si tienes borrador disponible
  • El resultado estimado (a pagar o a devolver)
  • Plazos para presentar

Nota: No podrás modificar el borrador por teléfono, solo consultar información básica.

4. ¿Qué datos debes revisar especialmente en tu borrador?

La AEAT cruza información de múltiples fuentes, pero pueden producirse errores. Presta atención a:

Concepto Posibles errores Cómo verificarlo
Ingresos del trabajo Falta algún pagador, importes incorrectos Compara con tus nóminas anuales
Retenciones sufridas Retención menor a la real Revisa el certificado de retenciones de tu empresa
Rendimientos del capital Falta declaración de intereses o dividendos Consulta extractos bancarios y certificados de entidades
Deducciones autonómicas No aplicadas deducciones por vivienda, familia numerosa, etc. Verifica las deducciones de tu comunidad autónoma
Situación familiar Estado civil o hijos no actualizados Comprueba que coincide con tu situación a 31/12/2023

5. Plazos importantes para la declaración de la renta 2024

Para la campaña de renta 2023 (que se presenta en 2024), los plazos clave son:

  • 11 de abril de 2024: Inicio de la campaña de renta
  • Desde el 3 de abril: Disponibilidad de borradores para consulta
  • 25 de junio de 2024: Plazo ordinario para presentar con resultado a ingresar (si el resultado es a pagar)
  • 1 de julio de 2024: Plazo para declaraciones con resultado a devolver o negativo
  • Hasta 30 de junio 2024: Plazo para solicitar cita previa en oficinas
¡Atención con los plazos!

Si el resultado es a ingresar y presentas después del 25 de junio, se aplicarán recargos por presentación extemporánea:

  • 1% de recargo por cada mes completo de retraso (mínimo 15€)
  • Intereses de demora del 3.75% anual

6. Errores comunes al revisar el borrador y cómo evitarlos

Error 1: No declarar ingresos por plataformas digitales

Muchos contribuyentes olvidan declarar ingresos por:

  • Venta de productos en Wallapop, eBay o Amazon
  • Ingresos por alquileres turísticos (Airbnb, Booking)
  • Trabajos freelance en plataformas como Fiverr o Upwork
  • Monetización de contenido (YouTube, Twitch, blogs)

Solución: La AEAT cruza datos con estas plataformas. Si superas 1.000€ anuales, debes declararlos en el apartado de “Rendimientos de actividades económicas”.

Error 2: No aplicar deducciones autonómicas

Cada comunidad autónoma tiene sus propias deducciones. Algunas de las más comunes que se olvidan:

  • Andalucía: Deducción por nacimiento o adopción (hasta 600€)
  • Cataluña: Deducción por alquiler de vivienda habitual (hasta 300€)
  • Madrid: Deducción por donaciones a entidades sin ánimo de lucro (30% de la base)
  • País Vasco: Deducción por gastos de guardería (hasta 1.000€)
  • Comunidad Valenciana: Deducción por rehabilitación de vivienda (15% de las cantidades invertidas)

Error 3: No actualizar la situación familiar

Cambios como matrimonios, divorcios o nacimientos deben reflejarse en la declaración. Por ejemplo:

  • Si te has casado en 2023, puedes optar por declaración conjunta (a menudo más beneficiosa)
  • El nacimiento de un hijo da derecho a nuevas deducciones (mínimo por descendiente)
  • En caso de divorcio, debes indicar correctamente la custodia de los hijos

7. ¿Cómo modificar el borrador si hay errores?

Si detectas discrepancias en tu borrador, puedes modificarlo de estas formas:

Opción 1: Modificación online

  1. Accede a tu borrador en la web de la AEAT
  2. Haz clic en “Modificar borrador”
  3. Edita los apartados necesarios (ingresos, deducciones, etc.)
  4. Guarda los cambios y valida el nuevo cálculo
  5. Presenta la declaración modificada

Opción 2: Presentación de declaración completa

Si los errores son muchos o complejos, puedes:

  1. Descargar el programa PADRE de la AEAT
  2. Introducir todos tus datos manualmente
  3. Generar un nuevo borrador desde cero
  4. Presentarlo telemáticamente

Opción 3: Asesoramiento profesional

Para situaciones complejas (varios ingresos, propiedades en el extranjero, etc.), es recomendable:

  • Acudir a un gestor administrativo colegiado
  • Solicitar cita en las oficinas de la AEAT (gratuito)
  • Usar servicios de asesoría fiscal online (algunos bancos los ofrecen a clientes)

8. Documentación necesaria para verificar tu borrador

Antes de revisar tu borrador, reúne esta documentación:

Documentos personales

  • DNI/NIE en vigor
  • Certificado digital o Cl@ve PIN
  • Libro de familia (si hay hijos)
  • Documentación de discapacidad (si aplica)

Documentos de ingresos

  • Certificados de retenciones de todos tus pagadores
  • Justificantes de prestaciones por desempleo
  • Extractos bancarios con intereses y dividendos
  • Facturas emitidas si eres autónomo

Documentos de gastos deducibles

  • Justificantes de donaciones a ONGs
  • Facturas de obras en vivienda habitual (si aplica deducción)
  • Recibos de colegios o guarderías
  • Contratos de alquiler (si aplica deducción autonómica)
  • Justificantes de aportaciones a planes de pensiones

9. ¿Qué hacer si no estás de acuerdo con el borrador?

Si crees que el borrador contiene errores que no puedes corregir online:

  1. Presenta una declaración complementaria: Si ya has presentado y detectas errores
  2. Solicita rectificación: A través del modelo 121 en la AEAT
  3. Recurre en vía administrativa: Si la AEAT no acepta tu rectificación

Para reclamaciones, el plazo es de 4 años desde el final del plazo de presentación voluntaria.

10. Consejos para optimizar tu declaración

Algunas estrategias legales para reducir tu factura fiscal:

  • Aporta a planes de pensiones: Reduces la base imponible hasta 1.500€ anuales (o 8.500€ si tienes más de 50 años)
  • Deducciones por vivienda: Si compraste tu casa antes de 2013, puedes deducirte hasta 9.040€ anuales
  • Donaciones: Deducciones del 80% para los primeros 150€ donados y 35% para el resto
  • Gastos de educación: Algunas comunidades deducen hasta 1.000€ por hijo en estudios
  • Rendimientos del trabajo irregulares: Si has tenido ingresos muy variables, la declaración conjunta puede ser más beneficiosa

11. Novedades para la campaña de renta 2024

Para la declaración de 2023 (presentada en 2024), hay varias novedades importantes:

  • Nuevo mínimo personal: Aumenta a 5.550€ (antes 5.500€)
  • Reducción por obtención de rendimientos del trabajo: Se mantiene en 2.000€ para rentas inferiores a 14.050€
  • Deducción por maternidad: Se amplía a madres con hijos menores de 3 años (hasta 1.200€ anuales)
  • Nuevas obligaciones para criptomonedas: Deben declararse todas las operaciones con criptoactivos
  • Modelo 720 simplificado: Para declarar bienes en el extranjero (plazo hasta 31 de marzo)

12. Recursos oficiales y enlaces de interés

Para información actualizada y oficial, consulta estos recursos:

13. Casos prácticos resueltos

Caso 1: Trabajador con dos pagadores

Situación: María tiene dos trabajos. En el primero ingresó 18.000€ brutos y en el segundo 8.000€. ¿Está obligada a declarar?

Solución: Sí, porque al tener dos pagadores, el límite para declarar es 14.000€ (no 22.000€). Además, es probable que le corresponda devolución por exceso de retención en el segundo trabajo.

Caso 2: Autónomo con pérdidas

Situación: Carlos es autónomo y en 2023 tuvo pérdidas de 3.000€. ¿Debe presentar declaración?

Solución: Sí, aunque tenga pérdidas. Como autónomo, está obligado a presentar declaración independientemente de sus ingresos. Las pérdidas podrán compensarse en los 4 años siguientes.

Caso 3: Jubilado con pensión y alquileres

Situación: Antonio es jubilado con una pensión de 20.000€ anuales y alquila un piso por 6.000€ al año. ¿Cómo debe declarar?

Solución: Debe declarar ambos conceptos:

  • Pensión en “Rendimientos del trabajo”
  • Ingresos por alquiler en “Rendimientos de capital inmobiliario” (con reducción del 60% por arrendamiento)
Como supera los 22.000€, está obligado a presentar declaración.

14. Glosario de términos fiscales

Término Definición
Base imponible Suma de todos los ingresos sujetos a gravamen, antes de aplicar reducciones
Base liquidable Base imponible después de aplicar reducciones (ej: por aportaciones a pensiones)
Cuota íntegra Resultado de aplicar la escala de gravamen a la base liquidable
Cuota líquida Cuota íntegra menos deducciones y bonificaciones
Cuota diferencial Resultado final: cuota líquida menos retenciones y pagos a cuenta
Mínimo personal Cantidad exenta de tributación (5.550€ en 2023)
Retención Cantidad que tu pagador descuenta de tu salario para IRPF
Pago a cuenta Cantidades ingresadas durante el año (ej: pagos trimestrales de autónomos)

15. Conclusión y recomendaciones finales

Revisar el borrador de la declaración de la renta es un proceso que requiere atención al detalle pero que, bien hecho, puede suponer un importante ahorro fiscal. Aquí tienes nuestras recomendaciones finales:

  1. No dejes la revisión para el último día: Los errores se cometen con prisas
  2. Verifica todos los ingresos: Especialmente los de plataformas digitales
  3. Aprovecha todas las deducciones: Autonómicas y estatales
  4. Comparar declaración individual vs conjunta: Para parejas, a veces una opción es más beneficiosa
  5. Guarda toda la documentación: Durante al menos 4 años
  6. Si tienes dudas, consulta a un profesional: El coste puede compensarse con el ahorro fiscal

Recuerda que la Agencia Tributaria tiene cada vez más herramientas para cruzar datos, por lo que es fundamental ser preciso en tu declaración. Si detectas que has cometido un error después de presentar, puedes hacer una declaración complementaria sin sanción en la mayoría de los casos.

Para estar siempre actualizado, te recomendamos suscribirte a los boletines de la AEAT o consultar regularmente su página web oficial.

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